1) Quiénes deben cumplir
con la Ley 257?

Todos
los edificios, casas y PH de la Ciudad de
Buenos Aires a excepción de los que tengan
menos de 10 años de antigüedad y los
inmuebles de planta baja destinados a vivienda
que no posean salientes de ningún tipo que
avancen sobre el espacio público.
2) Debo encontrarme con
el Arquitecto en el edificio
para que pueda cotizar el trabajo?
En
nuestro caso no es necesario. Bastará
con que el Propietario o el Administrador
respondan algunas preguntas por e-mail o teléfono
y en el día recibirá el presupuesto.
3) Qué tengo que hacer
yo como Propietario o Administrador?
En
el caso en que Nosotros hagamos la
Inspección, no va a tener realizar ninguna
gestión. Solo tendrá que facilitarnos
algunos datos y copias de la documentación
requerida para que Nosotros nos encarguemos
del resto.
4) Necesito estar
presente durante la Inspección?

Nosotros
no
necesitamos que Ud esté presente. Solo se le
pedirá que alguien en el edificio sepa que
haremos la Inspección ese día.
5) Cuál es el costo del
Informe Técnico?

El costo del Informe Técnico va a depender del tipo de edificio, de la cantidad de pisos y su antigüedad.
Contáctenos por
e-mail y en el día recibirá
el presupuesto.
6) Financian el pago de
la Inspección Ley 257?

Pese a
que el costo de la Inspección es bajo, igual
proponemos a nuestros clientes que el pago se
haga en
dos (2) cuotas sin intereses.